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18 ago 2021
Orden DEF/194/2021, de 8 de febrero, por la que se regula la contratación centralizada y se establece la composición y competencias de las Juntas de Contratación
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 4▾
Eliminado2.º Ejército de Tierra.
Eliminado3.º Armada.
Eliminado4.º Ejército del Aire.
Eliminado5.º Asesoría Jurídica General de la Defensa.
Eliminado6.º Intervención General de la Defensa.
EliminadoLos vocales citados en los números 1.º a 4.º tendrán la categoría de oficial general o Subdirector General, excepto en el caso del Estado Mayor de la Defensa que será el presidente de su Junta de Contratación.
AntesLos vocales mencionados en los números 5.º y 6.º tendrán la categoría de oficial perteneciente al Cuerpo Jurídico Militar y al Cuerpo Militar de Intervención, respectivamente.
Ahora2.º Subsecretaría de Defensa.
Párrafo añadido
3.º Ejército de Tierra.
Párrafo añadido
4.º Armada.
Párrafo añadido
5.º Ejército del Aire.
Párrafo añadido
6.º Asesoría Jurídica General de la Defensa.
Párrafo añadido
7.º Intervención General de la Defensa.
Párrafo añadido
Los vocales citados en los números 1.º a 5.º tendrán la categoría de oficial general o será la persona titular de una subdirección general, excepto en el caso del Estado Mayor de la Defensa que será el presidente de su Junta de Contratación.
Párrafo añadido
Los vocales mencionados en los números 6.º y 7.º tendrán la categoría de oficial perteneciente al Cuerpo Jurídico Militar y al Cuerpo Militar de Intervención, respectivamente.