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7 abr 2021

Real Decreto 399/2020, de 25 de febrero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno

Qué ha cambiado (5 artículos)

Artículo 2
Antesa) La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que la presidirá.
Ahoraa) La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, que la presidirá.
Antesc) La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Ministra de Educación y Formación Profesional, la Ministra de Trabajo y Economía Social, la Ministra de Industria, Comercio y Turismo, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Ministra de Política Territorial y Función Pública, el Ministro de Ciencia e Innovación, el Ministro de Consumo y el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Ahorac) La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social; la Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; la Ministra de Educación y Formación Profesional; la Ministra de Industria, Comercio y Turismo; el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación; el Ministro de Política Territorial y Función Pública; el Ministro de Ciencia e Innovación; el Ministro de Consumo y el Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Artículo 3
Antesb) La Vicepresidenta Primera y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, el Vicepresidente Segundo y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, la Vicepresidenta Tercera y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y la Vicepresidenta Cuarta y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Ahorab) La Vicepresidenta Primera y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática; la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra de Trabajo y Economía Social; y la Vicepresidenta Cuarta y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Artículo 4
Antes2. De acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 6 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, asistirán a las reuniones de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia las Ministras de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y de Defensa; el Ministro del Interior; el Vicepresidente Segundo y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, y la Vicepresidenta Tercera y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
Ahora2. De acuerdo con lo previsto en los apartados 2 y 3 del artículo 6 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, asistirán a las reuniones de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra de Trabajo y Economía Social; las Ministras de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; y de Defensa; y el Ministro del Interior.
Artículo 5
Antesc) La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital; la Ministra de Hacienda; los Ministros del Interior y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; las Ministras de Educación y Formación Profesional; de Trabajo y Economía Social; de Industria, Comercio y Turismo, y de Política Territorial y Función Pública; los Ministros de Cultura y Deporte y de Sanidad, la Ministra de Igualdad, y los Ministros de Ciencia e Innovación, de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de Universidades.
Ahorac) La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital; la Vicepresidenta Tercera y Ministra de Trabajo y Economía Social; la Ministra de Hacienda; los Ministros del Interior y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; las Ministras de Educación y Formación Profesional; y de Industria, Comercio y Turismo; los Ministros de Política Territorial y Función Pública, de Cultura y Deporte y de Sanidad; la Ministra de Igualdad; y los Ministros de Ciencia e Innovación, de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de Universidades.
Artículo 6
Antesa) El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, que la presidirá.
Ahoraa) La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra de Trabajo y Economía Social, que la presidirá.
Antesc) La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, los Ministros del Interior y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, las Ministras de Educación y Formación Profesional, y de Industria, Comercio y Turismo, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Ministra de Hacienda, el Ministro de Sanidad, la Ministra de Igualdad, y los Ministros de Consumo, de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de Universidades.
Ahorac) La Vicepresidenta Cuarta del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, los Ministros del Interior y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, las Ministras de Educación y Formación Profesional, y de Industria, Comercio y Turismo, el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Ministra de Hacienda, el Ministro de Sanidad, la Ministra de Igualdad, y los Ministros de Consumo, de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de Universidades.