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29 ene 2021
Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19
Qué ha cambiado (2 artículos)
Disposición final única▾
AntesEsta orden surtirá efectos desde las 24:00 horas del 22 de julio de 2020 hasta las 24:00 horas del 31 de enero de 2021, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la Unión Europea.
AhoraEsta orden surtirá efectos desde las 24:00 horas del 22 de julio de 2020 hasta las 24:00 horas del 28 de febrero de 2021, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la Unión Europea.
ANEXO▾
Eliminado2. Japón.
Eliminado3. Nueva Zelanda.
Eliminado4. Ruanda.
Eliminado5. Singapur.
Eliminado6. Corea del Sur.
Eliminado7. Tailandia.
Antes8. China.
Ahora2. Nueva Zelanda.
Párrafo añadido
3. Ruanda.
Párrafo añadido
4. Singapur.
Párrafo añadido
5. Corea del Sur.
Párrafo añadido
6. Tailandia.
Párrafo añadido
7. China.