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9 jun 2020

Real Decreto 169/2018, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la ejecución de proyectos de innovación de interés general por grupos operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícolas

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 9
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que, a los efectos de dar por cumplida la justificación de los límites máximos por tipo de gasto establecidos en el apartado 4, tales porcentajes se aplicarán sobre el gasto total concedido y no se sancionará mediante aplicación de límites mínimos, siempre que el beneficiario pueda justificar que los incumplimientos obedecen a causas de fuerza mayor, según establece el art. 3 de la Orden APA/508/2020, de 5 de junio.Ref. BOE-A-2020-5835#a3, que será de aplicación a todas las modificaciones de otorgamiento de la subvención presentadas desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y hasta tres meses antes de la fecha límite para presentar la solicitud de pago, ante la imposibilidad de ejecutar el proyecto en las condiciones iniciales aprobadas por causas imputables a la declaración del citado estado de alarma, según determina la disposición transitoria de la citada Orden.]
Párrafo añadido
Los costes de personal propio se determinarán mediante la aplicación de una tarifa horaria resultante de dividir los últimos costes salariales brutos anuales documentados, en el caso de las personas que trabajan a tiempo completo, o prorrateados, en el caso de las personas que trabajan a tiempo parcial, entre 1.720 horas, todo ello de acuerdo con la posibilidad contemplada en el artículo 68 bis del Reglamento (UE) n.º 1303/2013, de 17 de diciembre.
Artículo 17
Antesc) Facturas y justificantes de pago correspondientes. Respecto a los gastos de personal se justificarán mediante la presentación de las nóminas, junto con los correspondientes justificantes de pago, y los documentos acreditativos del ingreso de las retenciones de IRPF y de las cotizaciones de la Seguridad Social (TC1 y TC2). Así mismo, en el supuesto de adquisición de bienes inmuebles además de la factura se justificarán con un certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.
Ahorac) Facturas y justificantes de pago correspondientes. Respecto a los gastos de personal, se justificarán mediante la presentación de las nóminas del personal propio y documentos de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) y Relación de Liquidación de Cotizaciones (RLC), junto a sus comprobantes de pago correspondientes al año anterior al de la realización de las actuaciones en cuestión, así como otros gastos originados por el trabajador a la empresa durante el ejercicio de las actividades subvencionadas. Así mismo, en el supuesto de adquisición de bienes inmuebles además de la factura se justificarán con un certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial.
Artículo 19
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Téngase en cuenta que, con efectos a partir de la fecha de declaración del estado de alarma y hasta 31 de diciembre de 2020, se exceptúa a los beneficiarios de la prohibición establecida en las letras c) y d) del apartado 4, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas por el art. 2 de la Orden APA/508/2020, de 5 de junio.Ref. BOE-A-2020-5835#a2, que será de aplicación a todas las modificaciones de otorgamiento de la subvención presentadas desde la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y hasta tres meses antes de la fecha límite para presentar la solicitud de pago, ante la imposibilidad de ejecutar el proyecto en las condiciones iniciales aprobadas por causas imputables a la declaración del citado estado de alarma, según determina la disposición transitoria de la citada Orden.]