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12 mar 2020

Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Qué ha cambiado (3 artículos)

TÍTULO V
Párrafo añadido
Artículo 40.
Párrafo añadido
**(Suprimido).**
Disposición adicional segunda
AntesEl Planeamiento Urbanístico General y el Planeamiento Especial a que hace referencia el artículo 84.3 del Texto Refundido de la Ley sobre Régimen de Suelo y Ordenación Urbana contendrán, junto a las determinaciones previstas por la legislación urbanística, la valoración de la incidencia de sus determinaciones en la Ordenación del Territorio, particularmente en el sistema de ciudades, sistema de comunicaciones y transportes, equipamientos, infraestructuras o servicios supramunicipales y recursos naturales básicos.
AhoraSe someterán a informe vinculante de incidencia territorial los Planes Generales de Ordenación Urbanística, sus revisiones totales o parciales y las modificaciones de la ordenación estructural que tengan incidencia sobre la ordenación del territorio. El informe se solicitará tras la aprobación inicial del instrumento de planeamiento y se emitirá por la Consejería competente en materia de ordenación del territorio en el plazo de tres meses. Dicho informe analizará la compatibilidad del instrumento de planeamiento urbanístico con las determinaciones de los instrumentos de planificación territorial y, en particular, su incidencia sobre el sistema de ciudades, sistema de comunicaciones y transportes, equipamientos, infraestructuras o servicios supramunicipales y recursos naturales básicos, así como su repercusión en el sistema de asentamientos.
ANEXO II
AntesActividades de intervención singular
AhoraActividades de planificación e intervención singular en el ámbito de la Comunidad Autónoma
Párrafo añadido
I. Actividades de planificación
Párrafo añadido
1. Planificación de ámbito regional y subregional de la red de carreteras.
Párrafo añadido
2. Planificación de la red de carreteras de interés general del Estado.
Párrafo añadido
3. Planificación de la red ferroviaria.
Párrafo añadido
4. Planificación de ámbito regional y subregional del transporte público.
Párrafo añadido
5. Planificación regional de centros de transporte de mercancías y de centros de actividades logísticas del transporte.
Párrafo añadido
6. Planificación regional de los puertos de competencia de la Comunidad Autónoma.
Párrafo añadido
7. Planificación de puertos de interés general del Estado.
Párrafo añadido
8. Planificación de aeropuertos.
Párrafo añadido
9. Planificación hidrológica.
Párrafo añadido
10. Planificación regional y subregional de infraestructuras de aducción y depuración de aguas.
Párrafo añadido
11. Planificación de infraestructuras y equipamientos para la gestión de los residuos.
Párrafo añadido
12. Planes de desarrollo y programas operativos para un ámbito territorial.
Párrafo añadido
13. Planes de ordenación de recursos naturales.
Párrafo añadido
14. Planificación de infraestructuras energéticas.
Párrafo añadido
15. Plan Andaluz de Acción por el Clima.
Párrafo añadido
16. Planificación regional o supramunicipal en materia de vivienda.
Párrafo añadido
17. Planificación regional o supramunicipal en materia de instalaciones deportivas.
Párrafo añadido
18. Otras actividades de planificación que se refieran a las materias que se relacionan en el Anexo II.
Párrafo añadido
II. Actividades de intervención singular
EliminadoEducación: Centros de enseñanza secundaria posobligatoria.
EliminadoSanidad: Áreas sanitarias, hospitales, centros de especialidades, y helipuertos sanitarios.
EliminadoServicios Sociales: Centros de servicios sociales comunitarios y centros de servicios sociales especializados.
AntesServicios Públicos: Parque de bomberos, Servicios de Protección Civil, y Policía. Deportes: Instalaciones y equipamientos deportivos.
Ahora Educación: Centros de enseñanza secundaria posobligatoria.
Párrafo añadido
– Sanidad: Áreas sanitarias, hospitales, centros de especialidades y helipuertos sanitarios.
Párrafo añadido
– Servicios Sociales: Centros de servicios sociales comunitarios y centros de servicios sociales especializados.
Párrafo añadido
– Servicios Públicos: Parque de bomberos, Servicios de Protección Civil y Policía.
Párrafo añadido
– Deportes: Instalaciones y equipamientos deportivos.