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31 ene 2020

Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 16
Antes2. El presupuesto de la Agencia tendrá carácter limitativo por su importe global. Los créditos serán vinculantes según su naturaleza económica a nivel de operaciones corrientes y de capital por programas.
Ahora2. El presupuesto de la Agencia tendrá carácter limitativo por su importe global. Los créditos para gastos se especificarán según su clasificación funcional y económica, respectivamente, a nivel de función y de operaciones no financieras y de operaciones financieras.