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19 jul 2019
Orden de 8 de octubre de 1999 por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España
Qué ha cambiado (5 artículos)
Nota oficial del BOE▾
Aviso oficial
Esta norma pasa a denominarse**"Orden de 8 de octubre de 1999 por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España y Títulos del Reino"**, según establece el art. único de la Orden JUS/782/2019, de 5 de julio.Ref. BOE-A-2019-10631
preambulo▾
AntesLa Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España, una vez obtenida la venia de Su Majestad el Rey, ha promovido la modificación de sus Estatutos que habían sido promulgados por Real Orden de 21 de julio de 1915 («Gaceta de Madrid» del 22). Aprobada esta modificación por la Asamblea de la Corporación en su reunión del día 6 de julio de 1999, este Ministerio ha dispuesto:
AhoraLa Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España y Títulos del Reino, una vez obtenida la venia de Su Majestad el Rey, ha promovido la modificación de sus Estatutos que habían sido promulgados por Real Orden de 21 de julio de 1915 («Gaceta de Madrid» del 22). Aprobada esta modificación por la Asamblea de la Corporación en su reunión del día 6 de julio de 1999, este Ministerio ha dispuesto:
Artículo único▾
AntesSe hacen públicos, mediante su inserción en el «Boletín Oficial del Estado», los Estatutos de la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España, modificados por la Asamblea de la Corporación mediante acuerdo de 6 de julio de 1999, por no existir, a juicio de este Departamento, nada que se oponga a la Constitución y Leyes del Reino.
AhoraSe hacen públicos, mediante su inserción en el «Boletín Oficial del Estado», los Estatutos de la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza de España y Títulos del Reino, modificados por la Asamblea de la Corporación mediante acuerdo de 6 de julio de 1999, por no existir, a juicio de este Departamento, nada que se oponga a la Constitución y Leyes del Reino.
ESTATUTOS▾
AntesESTATUTOS DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE Y CONSEJO DE LA GRANDEZA DE ESPAÑA
AhoraESTATUTOS DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE Y CONSEJO DE LA GRANDEZA DE ESPAÑA Y TÍTULOS DEL REINO
Artículo 11▾
EliminadoArtículo 11. Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza.
EliminadoCorresponde a la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza la representación y dirección de la Grandeza y de los Títulos del Reino, así como el ejercicio de las funciones específicas establecidas en los artículos 2, 3, 6 y 17 del Real Decreto de 27 de mayo de 1912, en el artículo 3 de la Real Orden de 26 de octubre de 1922, ratificadas en Decreto de 4 de junio de 1948 y en Real Decreto 222/1988, de 11 de marzo.
AntesLa Diputación Permanente y Consejo se compone del Decano, que será siempre un Grande de España, ocho Diputados consejeros, elegidos entre los Grandes, y ocho, elegidos entre los Títulos del Reino.
AhoraArtículo 11. Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza y Títulos del Reino.
Párrafo añadido
Corresponde a la Diputación Permanente y Consejo de la Grandeza y Títulos del Reino la representación y dirección de la Grandeza y de los Títulos del Reino, así como el ejercicio de las funciones específicas establecidas en los artículos 2, 3, 6 y 17 del Real Decreto de 27 de mayo de 1912, en el artículo 3 de la Real Orden de 26 de octubre de 1922, ratificadas en Decreto de 4 de junio de 1948 y en Real Decreto 222/1988, de 11 de marzo.
Párrafo añadido
La Diputación Permanente y Consejo y Títulos del Reino se compone del Decano, que será siempre un Grande de España, ocho Diputados consejeros, elegidos entre los Grandes, y ocho, elegidos entre los Títulos del Reino.