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6 mar 2019
Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas
Ley · Ya no está en vigor · Ley 5/1999, de 13 de abril, reguladora del Juego y Apuestas
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 12▾
Párrafo añadido
5. No se podrán otorgar nuevas autorizaciones de apertura para la práctica de juegos y apuestas en establecimientos de juego, así como de instalación de máquinas de apuestas en establecimientos de hostelería en el área de influencia de los centros docentes y de protección de menores de edad. Dicha área se establece en una distancia mínima de 200 metros, si bien la normativa sobre planificación de la actividad de juego, prevista en el artículo 9.d) de la presente ley, podrá establecer otra distinta.
Artículo 44▾
AntesLa recaudación obtenida por los ingresos provenientes de las multas y sanciones previstas en la Ley se destinará, preferentemente, a la financiación de los programas de prevención y rehabilitación de ludópatas, a las asociaciones que tengan esta finalidad y a programas sociales, educativos y de salud pública de carácter general.
AhoraLa recaudación obtenida por los ingresos provenientes de las multas y sanciones previstas en la ley se destinará, preferentemente, a la financiación de los programas de prevención y rehabilitación de ludópatas, y a programas sociales, educativos y de salud pública de carácter general. Las asociaciones que tengan esa finalidad recibirán las ayudas que se establezcan en los Presupuestos Generales de La Rioja mediante subvención de concesión directa, al amparo de lo establecido en el artículo 22.2.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de su normativa de desarrollo.