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30 oct 2018

Orden de 2 de octubre de 1985 por la que se aprueban Instrucciones Técnicas Complementarias de los capítulos V, VI y IX del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera

Qué ha cambiado (1 artículo)

ITC: 05.0.02
AntesContenidos límites de metano en la corriente de aire
AhoraEspecificaciones para minas subterráneas de carbón y labores con riesgo de explosión. Contenidos límites de metano y otros gases inflamables o explosivos en la corriente de aire
Párrafo añadido
3. Concentraciones límite de hidrógeno y otros gases explosivos.
Párrafo añadido
La concentración volumétrica máxima admisible de hidrógeno en el ambiente de trabajo será de 0,4%.
Párrafo añadido
Si fuera previsible la existencia de otros gases explosivos además del metano, el monóxido de carbono y el hidrógeno, la Dirección Facultativa habilitará las medidas oportunas para que la concentración del gas explosivo en el ambiente no esté nunca en valores dentro de su rango de explosividad, de acuerdo con la peligrosidad del gas explosivo y los estándares preventivos internacionales.