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16 jul 2018

Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón

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Disposición adicional décima▾
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Disposición adicional décima. Tramitación anticipada. Se podrán tramitar anticipadamente los siguientes contratos: a) Aquellos cuya ejecución material haya de comenzar en el ejercicio siguiente. b) Aquellos cuya ejecución se deba iniciar en el mismo ejercicio cuando su financiación dependa de una transferencia o de una subvención de otra entidad pública. Estos contratos no podrán adjudicarse hasta que se produzca la efectiva consolidación de los recursos que han de financiarlos».