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14 jul 2018

Real Decreto 40/2017, de 27 de enero, por el que se crea el Comisionado del Gobierno frente al Reto Demográfico y se regula su régimen de funcionamiento

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 2
AntesEl Comisionado del Gobierno será nombrado por el Consejo de Ministros, mediante real decreto, a propuesta de la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.
AhoraEl Comisionado del Gobierno será nombrado por el Consejo de Ministros, mediante real decreto, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública.
Artículo 4
Antesf) Canalizar y coordinar iniciativas propuestas por las Administraciones Públicas, así como por las organizaciones sectoriales y cualesquiera otras personas o entidades públicas o privadas.
Ahoraf) Canalizar y coordinar iniciativas propuestas por las Administraciones Públicas, así como por las organizaciones sectoriales y cualesquiera otras personas o entidades públicas o privadas.
Antesh) Cuantas otras funciones se le encomienden por el Gobierno o por la Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y por el Ministro de Hacienda y Función Pública.
Ahorah) Cuantas otras funciones se le encomienden por el Gobierno o por la Ministra de Política Territorial y Función Pública.
Artículo 5 bis
Artículo nuevo
Artículo 5 bis. División de análisis y Estrategia. Del Comisionado del Gobierno frente al reto demográfico depende directamente la División de Análisis y Estrategia, que tendrá el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo.