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12 may 2018

Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se regulan las condiciones para la homologación del material rodante ferroviario y de los centros de mantenimiento y se fijan las cuantías de la tasa por certificación de dicho material

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria cuarta
EliminadoEn cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria quinta del Real Decreto 2387/2004, de 30 de diciembre, hasta tanto no exista otra oferta alternativa en el mercado, RENFE-Operadora habrá de prestar a otras empresas ferroviarias y titulares de material rodante ferroviario el servicio de mantenimiento de dicho material.
AntesDicho servicio se prestará en condiciones equitativas, transparentes y no discriminatorias. El importe de los precios de los diferentes servicios, previamente a su aplicación, será comunicado a la Dirección General de Ferrocarriles acompañando la correspondiente memoria justificativa, y deberá estar, con la suficiente antelación, a disposición de las empresas usuarias de dichos servicios.
Ahora**(Derogada).**