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30 dic 2017

Decreto Foral Legislativo 54/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones de rango legal sobre Financiación Agraria

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 20
Párrafo añadido
4. Las aportaciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra al importe global de las primas a satisfacer por los/as agricultores/as se les concederán de forma directa, tal y como establece el artículo 17.2.b) de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, relativo al procedimiento de concesión de subvenciones.
Párrafo añadido
La concesión de estas subvenciones quedará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la correspondiente aplicación presupuestaria de los Presupuestos Generales de Navarra, la cual será ampliable hasta una suma igual a las obligaciones que se reconozcan.