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28 jun 2017

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 20
EliminadoA efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior se considerarán de colección las monedas y los billetes que no sean normalmente utilizados para su función de medio legal de pago o tengan un interés numismático.
AntesNo se aplicará esta exención a las monedas de oro que tengan la consideración de oro de inversión, de acuerdo con lo establecido en el número 2.odel artículo 140 de esta Ley.
AhoraA efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior se considerarán de colección las monedas y los billetes que no sean normalmente utilizados para su función de medio legal de pago o tengan un interés numismático, con excepción de las monedas de colección entregadas por su emisor por un importe no superior a su valor facial que estarán exentas del impuesto.
Párrafo añadido
No se aplicará esta exención a las monedas de oro que tengan la consideración de oro de inversión de acuerdo con lo establecido en el número 2.º del artículo 140 de esta Ley.
Artículo 91
EliminadoSe exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior, los servicios mixtos de hostelería, espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas u otros análogos.
Antes6.º La entrada a bibliotecas, archivos y centros de documentación y museos, galerías de arte y pinacotecas.
Ahora6.º La entrada a bibliotecas, archivos y centros de documentación, museos, galerías de arte, pinacotecas, teatros, circos, festejos taurinos, conciertos, y a los demás espectáculos culturales en vivo.
ANEXO
EliminadoSexto. Liquidación del impuesto en los casos comprendidos en el artículo 19, número 5.o, párrafo segundo, de esta Ley.
EliminadoLa liquidación del impuesto en los casos comprendidos en el artículo 19, número 5.o, párrafo segundo de esta Ley, se ajustará a las siguientes normas:
Antes1.º Cuando los bienes salgan de las áreas o abandonen los regímenes comprendidos en los ar tículos 23 y 24 se producirá la obligación de liquidar el impuesto correspondiente a las operaciones que se hubiesen beneficiado previamente de la exención por su entrada en las áreas o vinculación a los regímenes indicados, de acuerdo con las siguientes reglas:
AhoraSexto. Liquidación del impuesto en los casos comprendidos en el artículo 19, número 5º, párrafo segundo, de esta Ley.
Párrafo añadido
La liquidación del impuesto en los casos comprendidos en el artículo 19, número 5º, párrafo segundo de esta Ley, se ajustará a las siguientes normas:
Párrafo añadido
1.º Cuando los bienes salgan de las áreas o abandonen los regímenes comprendidos en los artículos 23 y 24 se producirá la obligación de liquidar el impuesto correspondiente a las operaciones que se hubiesen beneficiado previamente de la exención por su entrada en las áreas o vinculación a los regímenes indicados, de acuerdo con las siguientes reglas:
Antes| Cód. NCE | Designación de la mercancía | | --- | --- | | 7402 | Cobre sin refinar ; ánodos de cobre para refinado. | | 7403 | Cobre refinado en forma de cátodos y secciones de cátodo. | | 7404 | Desperdicios y desechos de cobre. | | 7407 | Barras y perfiles de cobre. | | 7408.11.00 | Alambre de cobre refinado, en el que la mayor dimensión de la sección transversal sea T6 mm. | | 7408.19.10 | Alambre de cobre refinado, en el que la mayor dimensión de la sección transversal sea de T 05 mm, pero R= 6 mm. | | 7502 | Niquel | | 7503 | Desperdicios y desechos de níquel. | | 7601 | Aluminio en bruto. | | 7602 | Desperdicios y desechos de aluminio. | | 7605.11 | Alambre de aluminio sin alear. | | 7605.21 | Alambre de aluminio aleado. | | 7801 | Plomo | | 7802 | Desperdicios y desechos de plomo. | | 7901 | Zinc. | | 7902 | Desperdicios y desechos de cinc (calamina). | | 8001 | Estaño | | 8002 | Desperdicios y desechos de estaño. | | 2618 | Escorias granuladas (arena de escorias) de la siderurgia. | | 2619 | Escorias (excepto granulados), batiduras y demás desperdicios de la siderurgia. | | 2620 | Cenizas y residuos (excepto siderurgia) que contenga metal o compuestos de metal. | | 47.07 | Desperdicios o desechos de papel o cartón. Los desperdicios de papel o cartón comprenden las raspaduras, recortes, hojas rotas, periódicos viejos y publicaciones, maculaturas y pruebas de imprenta y artículos similares. La definición comprende también las manufacturas viejas de papel o de cartón vendidas para su reciclaje. | | 70.01 | Desperdicios o desechos de vidrio. Los desperdicios o desechos de vidrio comprenden los residuos de la fabricación de objetos de vidrio, así como los producidos por su uso o consumo. Se caracterizan generalmente por sus aristas cortantes. Baterias de plomo recuperadas. |
Ahora| Cód. NCE | Designación de la mercancía | | --- | --- | | 7402 | Cobre sin refinar; ánodos de cobre para refinado. | | 7403 | Cobre refinado en forma de cátodos y secciones de cátodo. | | 7404 | Desperdicios y desechos de cobre. | | 7407 | Barras y perfiles de cobre. | | 7408.11.00 | Alambre de cobre refinado, en el que la mayor dimensión de la sección transversal sea T6 mm. | | 7408.19.10 | Alambre de cobre refinado, en el que la mayor dimensión de la sección transversal sea de T 05 mm, pero R= 6 mm. | | 7502 | Níquel | | 7503 | Desperdicios y desechos de níquel. | | 7601 | Aluminio en bruto. | | 7602 | Desperdicios y desechos de aluminio. | | 7605.11 | Alambre de aluminio sin alear. | | 7605.21 | Alambre de aluminio aleado. | | 7801 | Plomo | | 7802 | Desperdicios y desechos de plomo. | | 7901 | Zinc. | | 7902 | Desperdicios y desechos de cinc (calamina). | | 8001 | Estaño | | 8002 | Desperdicios y desechos de estaño. | | 2618 | Escorias granuladas (arena de escorias) de la siderurgia. | | 2619 | Escorias (excepto granulados), batiduras y demás desperdicios de la siderurgia. | | 2620 | Cenizas y residuos (excepto siderurgia) que contenga metal o compuestos de metal. | | 47.07 | Desperdicios o desechos de papel o cartón. Los desperdicios de papel o cartón comprenden las raspaduras, recortes, hojas rotas, periódicos viejos y publicaciones, maculaturas y pruebas de imprenta y artículos similares. La definición comprende también las manufacturas viejas de papel o de cartón vendidas para su reciclaje. | | 70.01 | Desperdicios o desechos de vidrio. Los desperdicios o desechos de vidrio comprenden los residuos de la fabricación de objetos de vidrio, así como los producidos por su uso o consumo. Se caracterizan generalmente por sus aristas cortantes. Baterias de plomo recuperadas. |
Antes– Las gafas, lentes de contacto graduadas y los productos necesarios para su uso, cuidado y mantenimiento.
Ahora– Las gafas, monturas para gafas graduadas, lentes de contacto graduadas y los productos necesarios para su uso, cuidado y mantenimiento.