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16 jun 2017 · Derogación

Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 28▾
Eliminadod) Hasta 10 hm3/año de recursos superficiales del Júcar para sustituir recursos subterráneos con problemas de calidad que se utilizan en el abastecimiento de las poblaciones de la Ribera del Júcar. Esta sustitución se realizará con recursos superficiales anteriormente destinados a regadíos y que serán sustituidos por los correspondientes recursos subterráneos liberados, empleando para ello los pozos de sequía que ya disponen de las infraestructuras de interconexión con la zona de regadío, sin producir variación en los balances globales del sistema de explotación del Júcar. El coste asociado a la sustitución será financiado por los usuarios de abastecimiento beneficiados.
Antes[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se declara nula la letra d) del apartado B).1 por Sentencia del TS de 23 de marzo de 2017.]
Ahorad)**(Anulado).**
Eliminadoi. 26 hm3/año de recursos superficiales para la Comunidad de Regantes de Cuatro Pueblos, de los cuales 16 hm3 corresponden a regadíos de verano (mayo a agosto), 3 hm3 a regadíos de invierno (septiembre-abril) y 7 hm3 como caudal ambiental de invierno, destinado al Estany de Cullera (margen derecha del Júcar).
Eliminadoii. 171 hm3/año de recursos superficiales para la Comunidad de Regantes de Sueca, de los cuales 128 hm3 corresponden regadío de verano, 14 hm3 a regadío de invierno y 29 hm3 al caudal ambiental de invierno, con destino al área del Parque Natural de l'Albufera (margen izquierda del Júcar).
Antesiii. 79 hm3/año de recursos superficiales para la Comunidad de Regantes de Cullera, de los cuales 55 hm3 corresponden a regadío de verano, 8 hm3 a regadíos de invierno, y 16 hm3 al caudal ambiental de invierno, de los cuales 4 hm3 son con destino al área del Parque Natural de l'Albufera (margen izquierda del Júcar) y 12 hm3 con destino l'Estany de Cullera (margen derecha del Júcar).
Ahorai. 26 hm3/año de recursos superficiales para la Comunidad de Regantes de Cuatro Pueblos, de los cuales 16 hm3corresponden a regadíos de verano (mayo a agosto), 3 hm3a regadíos de invierno (septiembre-abril) y 7 hm3como caudal ambiental de invierno, destinado al Estany de Cullera (margen derecha del Júcar).
Párrafo añadido
ii. 171 hm3/año de recursos superficiales para la Comunidad de Regantes de Sueca, de los cuales 128 hm3corresponden regadío de verano, 14 hm3a regadío de invierno y 29 hm3al caudal ambiental de invierno, con destino al área del Parque Natural de l'Albufera (margen izquierda del Júcar).
Párrafo añadido
iii. 79 hm3/año de recursos superficiales para la Comunidad de Regantes de Cullera, de los cuales 55 hm3corresponden a regadío de verano, 8 hm3a regadíos de invierno, y 16 hm3al caudal ambiental de invierno, de los cuales 4 hm3son con destino al área del Parque Natural de l'Albufera (margen izquierda del Júcar) y 12 hm3con destino l'Estany de Cullera (margen derecha del Júcar).
Antes15. Se asigna un volumen máximo anual de 80 hm3 que puede destinarse al área del Vinalopó-Alacantí y Marina Baja, de los cuales al menos 12 hm3 procederán de recursos superficiales no asignados generados en afluentes del río Júcar aguas abajo de Tous. Esta asignación se realizará en los términos establecidos en el apartado A.1.a.iv.
Ahora15. Se asigna un volumen máximo anual de 80 hm3que puede destinarse al área del Vinalopó-Alacantí y Marina Baja, de los cuales al menos 12 hm3procederán de recursos superficiales no asignados generados en afluentes del río Júcar aguas abajo de Tous. Esta asignación se realizará en los términos establecidos en el apartado A.1.a.iv.