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18 dic 2015

Orden ITC/3126/2005, de 5 de octubre, por la que se aprueban las normas de gestión técnica del sistema gasista

Qué ha cambiado (1 artículo)

NGTS-09
Eliminado9.6.2 Desbalance por exceso de gas en el Almacenamiento para la Operación Comercial en la Red de Gasoductos (AOC)
EliminadoSe considera que un usuario incurre en desbalance por exceso de gas en el AOC cuando sus existencias en el AOC superen los derechos de capacidad de almacenamiento operativo incluidos en el peaje de transporte y distribución.
EliminadoEl balance en el AOC se realizará para el conjunto de contratos de reserva de capacidad de entrada al sistema de transporte y distribución del usuario.
AntesCuando un usuario se encuentre en situación de desbalance por exceso de gas en el AOC, se le facturará diariamente un cargo económico equivalente al exceso de existencias multiplicado por el 10% del precio de referencia para desbalances por defecto de existencias operativas definido en el apartado 9.6.6.
Ahora9.6.2 Desbalance por exceso de gas en el Almacenamiento para la Operación Comercial en la Red de Gasoductos (AOC).
Párrafo añadido
**(Derogado)**
EliminadoCuando un usuario se encuentre en desbalance por existencias negativas en el AOC o en una planta de regasificación, se le facturará diariamente un cargo económico por el importe resultante de multiplicar la cantidad en defecto de gas por el 10% del precio de referencia definido en el apartado para desbalances por defecto de existencias operativas definido en el apartado 9.6.6.
EliminadoEl usuario afectado deberá realizar sus nominaciones futuras en regasificación, conexiones internacionales, intercambios y/o almacenamientos subterráneos para adecuar las existencias en el AOC a los márgenes indicados en las Normas de Gestión Técnica del Sistema de manera que la duración del defecto de existencias se prolongue durante el mínimo tiempo posible.
EliminadoSi un comercializador tuviera existencias negativas en un día con descarga de buque iniciada y no finalizada en dicho día, se comprobará las existencias a las 24 horas del día siguiente. Si el siguiente día las existencias son negativas deberá asumir el coste por defecto de existencias (EPRcd) de cada día y en el caso de no ser negativas no tendrá ningún coste por defecto de existencias (EPRcd).
AntesCuando exista desbalance por existencias negativas de un usuario en una planta de regasificación, eI titular de la instalación, previa comunicación al Gestor Técnico del Sistema V al usuario afectado, deberá suspender la regasificación por cuenta del usuario afectado, hasta que éste vuelva a tener existencias de GNL en la planta.
Ahora**(Derogado)**