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29 sep 2015
Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca
Real Decreto · Ya no está en vigor · Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria segunda▾
EliminadoDisposición transitoria segunda. Medidas de aplicación temporal por tres años.
AntesCon una vigencia temporal de tres años desde la entrada en vigor del Real Decreto 1586/2012, de 23 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca, serán de aplicación las siguientes reglas, en lugar de los actuales artículos 3, 4, 13 y 14:
AhoraDisposición transitoria segunda. Medidas de aplicación temporal por cuatro años.
Párrafo añadido
Con una vigencia temporal de cuatro años desde la entrada en vigor del Real Decreto 1586/2012, de 23 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca, serán de aplicación las siguientes reglas, en lugar de los actuales artículos 3, 4, 13 y 14, salvo los párrafos introducidos en los artículos 3 y 4 por el Real Decreto 790/2015, de 4 de septiembre: