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5 mar 2015

Real Decreto 452/2012, de 5 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 10
Eliminadoa) La Comisión Nacional del Sector Postal.
Eliminadob) El Comité de Regulación Ferroviaria.
Eliminadoc) El Consejo de Obras Públicas.
Eliminadod) La Comisión de investigación de accidentes e incidentes de aviación civil.
Eliminadoe) La Comisión de investigación de accidentes ferroviarios.
Antesf) La Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.
Ahoraa) El Consejo de Obras Públicas.
Párrafo añadido
b) La Comisión de investigación de accidentes e incidentes de aviación civil.
Párrafo añadido
c) La Comisión de investigación de accidentes ferroviarios.
Párrafo añadido
d) La Comisión permanente de investigación de accidentes e incidentes marítimos.
Artículo 11
Antesn) La definición de las políticas de desarrollo del servicio postal universal; la elaboración de las disposiciones de carácter general en materia postal; el seguimiento e información sobre las políticas comunitarias y las de cooperación al desarrollo en materia postal; la participación en organizaciones postales nacionales e internacionales sin perjuicio de las que corresponden a la Comisión Nacional del Sector Postal; la propuesta de fijación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación del servicio postal universal, y el ejercicio de las funciones de coordinación entre la Comisión Nacional del Sector Postal y el Departamento.
Ahoran) La definición de las políticas de desarrollo del servicio postal universal; la elaboración de las disposiciones de carácter general en materia postal; el seguimiento e información sobre las políticas comunitarias y las de cooperación al desarrollo en materia postal; la participación en organizaciones postales nacionales e internacionales, sin perjuicio de las que corresponden a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia; la resolución de las controversias, quejas y denuncias de los usuarios en el ámbito del servicio postal universal; el ejercicio de la potestad de inspección y sanción en materia de su competencia; el sistema de autorizaciones, cobro de tasas postales y la gestión del Registro General de empresas prestadoras de servicios postales; la información a los usuarios de las condiciones de prestación de los operadores postales; la gestión del Consejo Superior Postal, de la Comisión Filatélica del Estado y del Consejo de la Orden Civil del Mérito Postal y de la Medalla al Mérito Filatélico, y la propuesta de fijación de los servicios mínimos de carácter obligatorio para asegurar la prestación del servicio postal universal.