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27 dic 2014

Decreto 2864/1974, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes 116/1969, de 30 de diciembre, y 24/1972, de 21 de junio, por el que se regula el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar

Qué ha cambiado (1 artículo)

Art 19
Antes3. La cotización a este Régimen Especial se efectuará tomando como base las remuneraciones efectivamente percibidas, según las normas establecidas en el Régimen General.
Ahora3. La cotización a este régimen especial se efectuará tomando como base las remuneraciones efectivamente percibidas, según las normas establecidas en el Régimen General.
Párrafo añadido
Los empresarios incluidos en este régimen especial deberán comunicar en cada período de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, en los términos previstos por el artículo 109.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.