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24 jul 2014

Ley 1/1992, de 2 de julio, del Servicio de Salud del Principado de Asturias

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 14
Antes2. El Director Gerente es designado y separado libremente por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias a propuesta del Consejero de Sanidad y Servicios Sociales.
Ahora2. El Director Gerente es nombrado y separado por decreto del Consejo de Gobierno a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de sanidad. Para su nombramiento se atenderá a criterios de competencia profesional y experiencia.