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11 jun 2014
Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994
Qué ha cambiado (5 artículos)
Artículo 36▾
Antesd) Cualesquiera otras que le confieran las leyes y el presente Reglamento.
Ahorad) Adoptar cuantas decisiones y medidas requieran la organización del trabajo y el régimen y gobierno interiores de la Cámara.
Párrafo añadido
e) Aprobar el proyecto de Presupuesto del Senado, dirigir y controlar su ejecución y aprobar sus modificaciones y su liquidación.
Párrafo añadido
f) Aprobar las normas que, en ejercicio de la autonomía del Senado, adapten las disposiciones generales del ordenamiento jurídico en materia presupuestaria, de control, de contabilidad y de contratación a la organización y funcionamiento de la Cámara.
Párrafo añadido
g) Aprobar las normas y adoptar las medidas que resulten precisas para garantizar la transparencia de la actividad de la Cámara y el derecho de acceso a la información pública del Senado.
Párrafo añadido
h) Cualesquiera otras que le confieran las leyes y el presente Reglamento.
Artículo 148▾
Antes1. La Ley de Presupuestos gozará de preferencia en la tramitación sobre los demás trabajos de la Cámara.
Ahora1. La Ley de Presupuestos gozará de preferencia en la tramitación sobre los demás trabajos de la Cámara. La Mesa, oída la Junta de Portavoces, aprobará el calendario de su tramitación.
Artículo 149▾
Antes1. Si una enmienda implicase la impugnación completa de una sección se tramitará como una propuesta de veto.
Ahora1. La impugnación de una sección deberá formularse mediante una propuesta de veto.
Artículo 150▾
Eliminado2. El debate en sesión plenaria se iniciará con un turno sobre la totalidad, en el que podrán intervenir los Portavoces de todos los Grupos. Seguidamente se someterán a discusión los votos particulares mantenidos en Comisión.
Antes3. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el Presidente podrá adoptar para la discusión la forma que más se acomode a la estructura del Presupuesto.
Ahora2. Concluido el plazo de presentación de las propuestas de veto se procederá al debate y votación en sesión plenaria de las que se presenten. Si alguna de ellas fuera aprobada se dará por concluida la tramitación del proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado en el Senado.
Párrafo añadido
3. En otro caso, la tramitación del proyecto de ley continuará en la Comisión competente. El dictamen de la Comisión y los votos particulares mantenidos serán objeto de un debate en el Pleno, seguido de la votación.
Disposición adicional sexta▾
Artículo nuevo
Disposición adicional sexta.
1. Las dotaciones presupuestarias del Senado serán libradas trimestralmente de forma anticipada, en firme y a su nombre, por el Tesoro Público.
2. Los remanentes resultantes de la liquidación de los Presupuestos del Senado constituyen recursos financieros propios de la Cámara, cuya aplicación, para atender necesidades de la misma, corresponde a su Mesa.