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22 feb 2014

Orden DEF/2021/2011, de 13 de julio, por la que se regula la contratación centralizada y se modifica la composición y competencias de las Juntas de Contratación del Ministerio de Defensa, del Estado Mayor de la Defensa y de los Ejércitos

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición final primera
EliminadoEl párrafo b) del artículo 2 de la Orden DEF/3389/2010, de 28 de diciembre, de delegación de competencias en el ámbito del Ministerio de Defensa, queda redactado en los siguientes términos:
Eliminado«b) En las autoridades que a continuación se relacionan, todas las facultades relativas a la contratación en el extranjero que la disposición adicional primera 1.a) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, atribuye al Ministro de Defensa, así como aquellos negocios jurídicos cuya competencia corresponda al Ministro:
Eliminado1.º En los Jefes de los órganos económicos que apoyan a las Fuerzas Armadas desplegadas fuera del territorio nacional, hasta un importe igual o inferior a 600.000 euros.
Eliminado2.º En los respectivos Directores de Asuntos Económicos de los Ejércitos hasta un importe igual o inferior a 2.000.000 euros.
Antes3.º En el Subdirector General de Gestión Económica de la Dirección General de Asuntos Económicos, sin límite de cuantía.»
Ahora**(Derogada)**