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1 ene 2014

Orden HAP/1637/2012, de 5 de julio, por la que se regula el Registro Electrónico de Apoderamientos

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 13
AntesEn cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, se crea el fichero de datos personales «Registro electrónico de apoderamientos», cuya titularidad corresponde a la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, 28071 Madrid, válido a efectos del ejercicio por parte de los ciudadanos de los derechos previsto por dicha Ley. El contenido del fichero se recoge en el anexo IV de la presente Orden.
Ahora**(Derogado)**
ANEXO IV
Antes![imagen](/datos/imagenes/disp/2012/177/09931_006.png)
Ahora**(Derogado)**