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30 dic 2013

Ley 2/2000, de 3 de julio, del Deporte

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 43
Antes1. Se entiende por deporte escolar todas aquellas actividades físico-deportivas que se desarrollen en horario no lectivo, dirigidas a la población en edad de escolarización obligatoria. La participación en estas actividades será en todo caso voluntaria.
Ahora1. Se entiende por deporte escolar todas aquellas actividades físico-deportivas que se desarrollen en horario no lectivo, dirigidas a la población escolarizada hasta los 18 años. La participación en estas actividades será en todo caso voluntaria.