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2 dic 2013

Orden INT/2323/2011, de 29 de julio, por la que se regula la formación para el acceso progresivo al permiso de conducción de la clase A

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 2
Antes3. Las prácticas se realizarán con motocicletas sin sidecar de cilindrada no inferior a 600 cm³ y potencia no inferior a 40 kW.
Ahora3. Las prácticas se realizarán con motocicletas sin sidecar con una masa en vacío superior a 175 kg.
Párrafo añadido
Si están propulsadas por un motor de combustión interna, deberán tener una cilindrada no inferior a 595 cm³ y una potencia no inferior a 50 kw.
Párrafo añadido
Si están propulsadas por un motor eléctrico, la relación potencia/peso será, al menos, de 0,25 kw/kg.
Disposición transitoria única
Artículo nuevo
Disposición transitoria única. Motocicletas utilizadas en la formación para el acceso al permiso de conducción de la clase A. Las motocicletas utilizadas para realizar la formación práctica para la obtención del permiso de conducción de la clase A, cuya masa en vacío sea inferior o igual a 175 kg o que tengan una potencia igual o superior a 40 kw e inferior a 50 kw, que estén dadas de alta en las escuelas particulares de conductores o sus secciones el día 31 de diciembre de 2013, podrán seguir utilizándose hasta el 31 de diciembre de 2018.