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20 nov 2013 · Derogación

Real Decreto-ley 9/2009, de 26 de junio, sobre reestructuración bancaria y reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 8▾
Eliminado2. El Banco de España, con carácter previo a aprobar el plan correspondiente, solicitará informe a la Ministra de Economía y Hacienda o a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en que tengan su domicilio **las cajas de ahorros y, en su caso, las cooperativas de crédito involucradas**. Dichos informes deberán ser remitidos en el plazo de 10 días.
Antes[Nota del BOE: Téngase en cuenta que se declara inconstitucional y nulo el inciso destacado del apartado 2 por Sentencia del TS 182/2013, de 23 de octubre. .]
Ahora2. El Banco de España, con carácter previo a aprobar el plan correspondiente, solicitará informe a la Ministra de Economía y Hacienda o a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas en que tengan su domicilio**las cajas de ahorros y, en su caso, las cooperativas de crédito involucradas**. Dichos informes deberán ser remitidos en el plazo de 10 días.
Párrafo añadido
[Nota del BOE: Se declara inconstitucional y nulo el inciso destacado del apartado 2 por Sentencia del TS 182/2013, de 23 de octubre.Ref. BOE-A-2013-12188.]