← Volver
12 feb 2013
Ley 2/2002, de 25 de abril, de Protección de la Calidad del Suministro Eléctrico en Extremadura
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 2▾
AntesLos niveles de calidad mínimos del suministro de energía deberán ser iguales para todas las zonas geográficas de la Comunidad Autónoma, independientemente de la empresa distribuidora de energía eléctrica que realice el servicio. Los niveles de calidad mínimos exigidos serán únicos para todo el territorio de Extremadura.
Ahora**(Anulado).**
Artículo 7▾
El texto de este artículo no cambió en esta reforma. Es posible que el cambio afecte a su numeración o contexto dentro de la ley.