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29 dic 2012
Real Decreto 1286/2010, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 11▾
Antesb) Vicepresidente: el Director Gerente del Instituto.
Ahorab) Vicepresidente: el Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa.
Eliminado3.º El Director General de Armamento y Material del Ministerio de Defensa.
Eliminado4.º El Director General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa.
Eliminado5.º El Director General de Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.
Eliminado6.º El Director General del Patrimonio del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda.
Eliminado7.º El Secretario General Técnico del Ministerio de la Presidencia.
Eliminado8.º El Asesor Jurídico General de la Defensa.
Eliminado9.º El Interventor General de la Defensa.
Eliminado10.º Los segundos Jefes del Estado Mayor de los tres Ejércitos.
Antesd) Secretario: el Secretario General del Instituto, con voz pero sin voto.
Ahora3.º El Director General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa.
Párrafo añadido
4.º El Director General de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Párrafo añadido
5.º El Director General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Párrafo añadido
6.º El Asesor Jurídico General de la Defensa.
Párrafo añadido
7.º El Interventor General de la Defensa.
Párrafo añadido
8.º El Segundo Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra.
Párrafo añadido
9.º El Segundo Jefe de Estado Mayor de la Armada.
Párrafo añadido
10.º El Segundo Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire.
Párrafo añadido
d) Secretario: El Secretario General del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, con voz pero sin voto.