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30 nov 2012
Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales, Dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Instrucción · Ya no está en vigor · Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales, Dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
Qué ha cambiado (3 artículos)
Segundo▾
Antese) El desarrollo en el ámbito regional de las funciones que se encomienden a Vigilancia Aduanera en el ámbito de la persecución, investigación y descubrimiento del fraude.
Ahorae) El desarrollo, en el ámbito regional, de las funciones que se encomienden a Vigilancia Aduanera en el ámbito de la persecución, investigación y descubrimiento del fraude.
Eliminadog) El asesoramiento y asistencia al Delegado Especial de la Agencia en materia de Aduanas e Impuestos Especiales.
Eliminadoh) La relación con las restantes áreas de la Agencia, en el ámbito de su respectiva Delegación Especial.
Antesi) Las de tramitación y resolución derivadas del ejercicio de las funciones anteriormente expresadas.
Ahorag) La iniciación, instrucción y resolución de los expedientes sancionadores derivados del incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo que se pongan de manifiesto como consecuencia de las actuaciones y procedimientos realizados por los órganos, equipos, unidades administrativas o funcionarios que integran los servicios territoriales de Aduanas e Impuestos Especiales en su ámbito territorial.
Párrafo añadido
La competencia se extenderá, en su caso, a todos los que hubieran sido parte en la operación de pago de efectivo aunque no tuvieran esa condición en la actuación o procedimiento que la pone de manifiesto.
Párrafo añadido
h) El asesoramiento y asistencia al Delegado Especial de la Agencia en materia de Aduanas e Impuestos Especiales.
Párrafo añadido
i) La relación con las restantes áreas de la Agencia, en el ámbito de su respectiva Delegación Especial.
Párrafo añadido
j) Las de tramitación y resolución derivadas del ejercicio de las funciones anteriormente expresadas.
Tercero▾
Antesd)**(Suprimido)**
Ahorad) La iniciación y resolución de los expedientes sancionadores a que se refiere el apartado segundo.1.g). En el acuerdo de inicio se indicará el órgano, equipo o unidad administrativa o funcionario que instruirá el procedimiento sancionador correspondiente.
[III.quinquies] Disposición adicional cuarta▾
Artículo nuevo
[III.quinquies]. Disposición adicional cuarta.
Los Delegados Especiales serán los competentes para resolver los recursos de alzada contra las resoluciones de los procedimientos sancionadores derivados del incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo.