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16 oct 2012

Real Decreto 1412/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula la Comisión Interministerial de Cooperación Internacional

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 3
Antes1. La Comisión Interministerial de Cooperación Internacional tendrá como Presidente al titular de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y como Vicepresidente, al titular de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio que, en caso de ausencia enfermedad, o cualquier otra causa justificada, podrá hacerse representar por el titular de la Secretaría General de Comercio Exterior.
Ahora1. La Comisión Interministerial de Cooperación Internacional tendrá como Presidente al titular de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica; como Vicepresidente primero al titular de la Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo y como Vicepresidente segundo al titular de la Secretaría de Estado de Comercio.
Eliminadoa) El titular de la Secretaría General de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
Antesb) El titular de la Dirección General de Política Exterior del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Ahoraa)El titular de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Párrafo añadido
b) El titular de la Dirección General de Política Exterior y Asuntos Multilaterales, Globales y de Seguridad del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Eliminadod) El titular de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas para el Desarrollo del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Eliminadoe) El titular de la Dirección General de Cooperación con Iberoamérica de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
Eliminadof) El titular de la Dirección General de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
Eliminadog) El titular de la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
Eliminadoh) El titular de la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda.
Eliminadoi) El titular de la Dirección General de Financiación Internacional del Ministerio de Economía y Hacienda.
Eliminadoj) El titular de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Eliminadok) El titular de la Dirección General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Eliminadol) El titular de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia.
Eliminadom) Un representante, con categoría de director general, designado por el titular de cada uno de los siguientes ministerios: Defensa, Interior, Fomento, Educación y Ciencia, Trabajo y Asuntos Sociales, Industria, Turismo y Comercio, Agricultura, Pesca y Alimentación, Presidencia, Administraciones Públicas, Cultura, Sanidad y Consumo, Medio Ambiente y Vivienda.
Antesn) El Subdirector General de Planificación y Políticas de Desarrollo de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas para el Desarrollo, que actuará como secretario con voz y voto.
Ahorad) El titular de la Dirección de Cooperación con América Latina y el Caribe de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Párrafo añadido
e) El titular de la Dirección de Cooperación con África y Asia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Párrafo añadido
f) El titular de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.
Párrafo añadido
g) El titular de la Dirección General de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Párrafo añadido
h) El titular de la Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional del Ministerio de Economía y Competitividad.
Párrafo añadido
i) El titular de la Dirección General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Economía y Competitividad.
Párrafo añadido
j) El titular de la Dirección General de Migraciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Párrafo añadido
k) El titular de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones del Ministerio de Justicia.
Párrafo añadido
l) Un representante, con categoría de director general, designado por el titular de cada uno de los siguientes ministerios: Defensa; Hacienda y Administraciones Públicas; Interior; Fomento; Educación, Cultura y Deporte; Empleo y Seguridad Social; Industria, Energía y Turismo; Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente; Presidencia y Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
Párrafo añadido
m) El titular de la Subdirección General de Políticas de Desarrollo de la Secretaría General de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que actuará como secretario con voz y voto.