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24 sep 2012

Orden ECI/2572/2007, de 4 de septiembre, sobre evaluación en Educación secundaria obligatoria

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 5
Antes2. En el expediente académico quedará constancia de los resultados de la evaluación, de las propuestas de promoción y titulación y, en su caso, de las medidas de atención a la diversidad adoptadas, de las adaptaciones curriculares significativas, de la entrega del Certificado de escolaridad al que se refiere el artículo 15.6 del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, del Certificado académico, expedido por las administraciones educativas, de los módulos obligatorios superados en un Programa de cualificación profesional inicial al que se refiere el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, y del historial académico de Educación secundaria obligatoria.
Ahora2. En el expediente académico quedará constancia de los resultados de la evaluación, de las propuestas de promoción y titulación y, en su caso, de las medidas de atención a la diversidad adoptadas, de las adaptaciones curriculares significativas, de la entrega del certificado oficial sobre su escolaridad y el nivel de adquisición de las competencias básicas y un informe orientador sobre sus opciones académicas y profesionales, a los que se refiere el artículo 15.6 del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, del certificado académico, expedido por las Administraciones educativas, de los módulos obligatorios superados en un Programa de cualificación profesional inicial al que se refiere el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, y del historial académico de Educación secundaria obligatoria.
Anexos
Antes(Anexos omitidos, consulte el PDF de la disposición, páginas 36698 a 36759, así como su corrección de errores publicada en BOE núm. 271, de 12 de noviembre de 2007,Ref. BOE-A-2007-19460.)
Ahora[Nota del BOE: Anexos omitidos, consulte elPDF oficialde la disposición, así como su corrección de errores publicada en BOE núm. 271, de 12 de noviembre de 2007,Ref. BOE-A-2007-19460.]
Párrafo añadido
[Nota del BOE: - Téngase en cuenta que en los Anexos III y IV se sustituyen las referencias al "certificado de escolaridad" por "certificado oficial de estudios obligatorios" según establece la disposición final 2.2 de la Orden ECD/2000/2012, de 13 de septiembre.Ref. BOE-A-2012-11925.]