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21 jun 2012

Ley 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial en las Illes Balears

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 15
Antes1. La implantación, la ampliación de la actividad o el traslado de las instalaciones destinadas a establecimientos del tipo gran establecimiento comercial requieren expresamente la licencia autonómica, con carácter previo a la solicitud del permiso municipal de instalación de la actividad correspondiente.
Ahora1. La implantación, ampliación de la actividad o el traslado de las instalaciones destinadas a establecimientos del tipo gran establecimiento comercial requieren expresamente la licencia autonómica, con carácter previo a la solicitud, si procede, del permiso municipal de instalación de la correspondiente actividad.
Párrafo añadido
No obstante, quedan exentos de la necesidad de obtener la licencia autonómica todos aquellos supuestos que formen parte del ámbito de aplicación del Real Decreto Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.