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24 may 2012
Orden ARM/3368/2010, de 27 de diciembre, por la que se aprueba el Reglamento Técnico de Control y Certificación de semillas de cereales
Qué ha cambiado (1 artículo)
ANEXO 1▾
AntesCuarta.–Plantas de otras variedades: Las parcelas de producción de semilla de arroz se rechazarán cuando el número de plantas reconocidas como plantas silvestres o plantas de grano rojo sea superior a:
AhoraCuarta.–Plantas de otras variedades: En las parcelas de producción de semilla de arroz el número de plantas reconocibles como manifiestamente silvestres o de grano rojo no excederá de:
Antes1 por cada 50 metros cuadrados para la producción de semillas certificadas.
Ahora1 por cada 100 m² para la producción de semillas certificadas de primera y segunda generación.
EliminadoSexta.–Plantas infectadas: Se consideran plantas infectadas las atacadas por carbón («*Ustilago spp.*») en los campos de producción de semilla de trigo, cebada y avena, y por helmintosporiosis («*Helminthosporium spp*») en los de cebada y arroz, así como por «*Piricularia oryzae*» en el arroz.
AntesEn el caso del centeno, el número de esclerocios de cornezuelo («*Claviceps purpurea*») no podrá ser superior a uno por metro cuadrado, en todas las categorías.
AhoraSexta.–Plantas infectadas: Se consideran plantas infectadas las atacadas por carbón ("Ustilago spp.") en los campos de producción de semilla de trigo, cebada y avena, y por helmintosporiosis ("Helminthosporium spp.") en los de cebada y arroz, así como por "Piricularia oryzae" en el arroz.
Párrafo añadido
En el caso del centeno, el número de esclerocios de cornezuelo ("Claviceps purpurea") no podrá ser superior a uno por metro cuadrado, en todas las categorías.
Párrafo añadido
En los campos de producción de semillas de arroz, el número de plantas reconocibles como manifiestamente infectadas por "Fusarium fujikuroi" no excederá de:
Párrafo añadido
2 por cada 200 m² para la producción de semillas de base.
Párrafo añadido
4 por cada 200 m² para la producción de semillas certificadas de primera generación.
Párrafo añadido
8 por cada 200 m² para la producción de semillas certificadas de segunda generación.