← Volver
23 mar 2012
Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña
Ley · Ya no está en vigor · Ley 7/2007, de 17 de julio, de la Agencia Tributaria de Cataluña
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición transitoria quinta▾
Artículo nuevo
Disposición transitoria quinta. Régimen de incompatibilidades de los cuerpos de adscripción exclusiva a la Agencia Tributaria de Cataluña.
Mientras no se aplique el artículo 3.4 del Decreto 2/2010, de 12 de enero, por el que se regula el régimen de personal y de los procesos de selección y provisión en el ámbito de la Agencia Tributaria de Cataluña, los miembros del Cuerpo Superior de Inspección y Técnica Tributaria de la Generalidad de Cataluña y los miembros del Cuerpo Técnico de Valoración Tributaria de la Generalidad de Cataluña pueden hacer compatible el ejercicio de sus funciones con la docencia en general, en los mismos términos y con la sujeción debida a lo dispuesto por la Ley 21/1987, de 26 de noviembre, de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Generalidad.