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28 feb 2012

Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil

Qué ha cambiado (1 artículo)

ANEXO II
EliminadoExcepciones a la prohibición de utilizar plomo, mercurio, cadmio y cromo hexavalente en los materiales y componentes de los vehículos, según el apartado a) del artículo 3. Obligación de marcado
Eliminado| Materiales y componentes | Alcance y fecha de vencimiento de la excepción | | --- | --- | | a) Plomo como elemento de aleación: | | | Acero para fines de mecanizado y acero galvanizado que contengan hasta un 0’35 por 100 de su peso en plomo. | | | Aluminio para fines de mecanizado con un contenido en plomo de hasta el 2 por 100 en peso | 1 de julio de 2005. | | Aluminio para fines de mecanizado con un contenido en plomo de hasta el 1 por 100 en peso | 1 de julio de 2008. | | Aleación de cobre que contenga hasta un 4 por 100 de su peso en plomo. | | | Cojinetes y pistones que contengan plomo-bronce. | | | b) Plomo y compuestos de plomo como metal de los componentes: | | | Baterías (*). | | | Amortiguadores de vibraciones (*). | | | Contrapesos de equilibrado de ruedas (*) | Vehículos homologados antes de 1 de julio de 2003 y contrapesos de equilibrado de ruedas destinados al mantenimiento de esos vehículos: 1 de julio de 2005. | | Agentes de vulcanización y estabilizadores para elastómeros en la manipulación de fluidos y aplicaciones del sistema de propulsión | 1 de julio de 2005. | | Estabilizadores de pinturas de protección | 1 de julio de 2005. | | Escobillas de carbón para motores eléctricos | Vehículos homologados antes del 1 de julio de 2003 y escobillas de carbón para motores eléctricos destinadas al mantenimiento de esos vehículos: 1 de enero de 2005. | | Soldaduras de paneles de circuitos electrónicos y otras aplicaciones eléctricas (*) | (1). | | Cobre en forros de frenos que contenga más de un 0,5 por 100 de su peso en plomo (*) | Vehículos homologados antes del 1 de julio de 2003 y mantenimiento de esos vehículos: 1 de julio de 2004. | | Asientos de las válvulas | Tipos de motores desarrollados antes del 1 de julio de 2003: 1 de julio de 2006. | | Componentes eléctricos que contengan plomo en piezas matrices de vidrio o cerámica, excepto el vidrio de faros y bujías de encendido (*) | (2) Componentes que no sean los piezoeléctricos contenidos en el motor. | | Vidrio de faros y bujías de encendido | 1 de enero de 2005. | | Iniciadores pirotécnicos | 1 de julio de 2007. | | c) Cromo hexavalente: | | | Revestimientos antioxidantes | 1 de julio de 2006. | | Refrigeradores de absorción en caravanas (*). | | | d) Mercurio: | | | Lámparas de descarga e indicadores del salpicadero (*). | | | e) Cadmio: | | | Pastas de película gruesa | 1 de julio de 2007. | | Baterías para vehículos eléctricos (*) | 31 de diciembre de 2005. | | | Después de esta fecha, la comercialización de baterias de NiCd sólo se autorizará en forma de piezas de recambio para vehículos comercializados antes de esa fecha. |
Eliminado(1) Desmontaje obligatorio si, en correlación con los componentes eléctricos que contengan plomo en piezas matrices de vidrio o cerámica, excepto el vidrio de faros y bujías de encendido, se supera un umbral medio de 60 gramos por vehículo. Para la aplicación de esta cláusula no se tendrán en cuenta los dispositivos electrónicos no instalados por el fabricante en la cadena de producción.
Antes(2) Desmontaje obligatorio si, en correlación con la soldaduras de paneles de circuitos electrónicos y otras aplicaciones eléctricas, se supera un umbral medio de 60 gramos por vehículo. Para la aplicación de esta cláusula no se tendrán en cuenta los dispositivos electrónicos no instalados por el fabricante en la cadena de producción.
AhoraMateriales y componentes exentos de lo dispuesto en el artículo 3 letra a). Obligación de marcado
Párrafo añadido
| Materiales y componentes | Alcance y fecha de vencimiento de la exención | Obligación de marcado | | --- | --- | --- | | *Plomo como elemento de aleación* | | | | 1.a) Acero para fines de mecanizado y componentes de acero galvanizado en caliente por procedimiento discontinuo que contengan hasta un 0,35 % de su peso en plomo. | | | | 1.b) Chapas de acero galvanizado en continuo que contengan hasta un 0,35 % de su peso en plomo. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2016 y piezas de recambio para esos vehículos. | | | 2.a) Aluminio para fines de mecanizado con un contenido en plomo de hasta el 2 % en peso. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2005. | | | 2.b) Aluminio con un contenido en plomo de hasta el 1,5 % en peso. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2008. | | | 2.c) Aluminio con un contenido en plomo de hasta el 0,4 % en peso. | (2) | | | 3. Aleación de cobre que contenga hasta un 4 % de su peso en plomo. | (2) | | | 4.a) Cojinetes y casquillos. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2008. | | | 4.b) Cojinetes y casquillos para compresores de motor, de transmisión y de aire acondicionado. | 1 de julio de 2011 y después de esa fecha en piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2011. | | | *Plomo y compuestos de plomo como metal de los componentes* | | | | 5. Baterías. | (2) | X | | 6. Amortiguadores de vibraciones. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2016 y piezas de recambio para esos vehículos. | X | | 7.a) Agentes de vulcanización y estabilizadores para elastómeros en tubos de freno, tubos de combustible, tubos de ventilación, piezas de elastómero/metal para aplicaciones de chasis, y bastidores de motor. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2005. | | | 7.b) Agentes de vulcanización y estabilizadores para elastómeros en tubos de freno, tubos de combustible, tubos de ventilación, piezas de elastómero/metal para aplicaciones de chasis, y bastidores de motor que contengan hasta el 0,5 % de su peso en plomo. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2006. | | | 7.c) Agentes reticulantes para elastómeros en aplicaciones del sistema de propulsión que contengan hasta un 0,5 % de su peso en plomo. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2009. | | | 8.a) Plomo en soldaduras para fijar componentes eléctricos y electrónicos a paneles de circuitos electrónicos y plomo en acabados sobre terminaciones de componentes distintos de los condensadores electrolíticos de aluminio, sobre clavijas de componentes y sobre paneles de circuitos electrónicos. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2016 y piezas de recambio para esos vehículos. | X (1) | | 8.b) Plomo en soldaduras en aplicaciones eléctricas, excepto sobre paneles de circuitos electrónicos o sobre vidrio. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2011 y piezas de recambio para esos vehículos. | X (1) | | 8.c) Plomo en acabados sobre terminales de condensadores electrolíticos de aluminio. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2013 y piezas de recambio para esos vehículos. | X (1) | | 8.d) Plomo utilizado en soldaduras sobre vidrio en sensores de flujo de masa de aire. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2015 y piezas de recambio de esos vehículos. | X (1) | | 8.e) Plomo en soldaduras de alta temperatura de fusión (es decir, aleaciones de plomo que contengan un 85 % en peso de plomo o más). | (3) | X (1) | | 8.f) Plomo en sistemas de conectores de clavijas que se ajusten a las normas. | (3) | X (1) | | 8.g) Plomo en soldaduras diseñadas para crear una conexión eléctrica viable entre el cubo de semiconductor y el portador en cápsulas de circuito integrado "flip-chip". | (3) | X (1) | | 8.h) Plomo en soldaduras para fijar placas difusoras al disipador de calor en ensamblajes de componentes de semiconductores de potencia con un chip con un área de proyección mínima de 1 cm 2 y una densidad de corriente nominal de, al menos, 1 A/mm 2 de superficie del chip de silicio. | (3) | X (1) | | 8.i) Plomo en soldaduras en aplicaciones eléctricas sobre vidrio, excepto en el caso de soldaduras en cristales de vidrio laminado. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2013 y piezas de recambio para esos vehículos (4). | X (1) | | 8.j) Plomo en soldaduras en cristales de vidrio laminado. | (3) | X (1) | | 9. Asientos de las válvulas. | Piezas de recambio para tipos de motor desarrollados antes del 1 de julio de 2003. | | | 10.a) Componentes eléctricos y electrónicos que contengan plomo en vidrio o cerámica, en piezas matrices de vidrio o cerámica, en materiales vitrocerámicos o en piezas matrices vitrocerámicas Esta exención no se aplica al uso de plomo en: – el vidrio de faros y bujías de encendido, – materiales cerámicos dieléctricos de los componentes indicados en los puntos 10.b), 10.c) y 10.d). | | X (5) (componentes que no sean los piezoeléctricos incluidos en el motor). | | 10.b) Plomo en materiales cerámicos dieléctricos PZT de condensadores que forman parte de circuitos integrados o semiconductores discretos. | | | | 10.c) Plomo en materiales cerámicos dieléctricos de condensadores con una tensión nominal inferior a 125 V CA o 250 V CC. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2016 y piezas de recambio para esos vehículos. | | | 10.d) Plomo en los materiales cerámicos dieléctricos de condensadores que compensan las diferencias relacionadas con la temperatura de los sensores de sistemas de sonar de ultrasonidos. | (3) | | | 11. Iniciadores pirotécnicos. | Vehículos homologados antes del 1 de julio de 2006 y piezas de recambio para esos vehículos. | | | 12. Materiales termoeléctricos que contienen plomo en aplicaciones eléctricas para automóviles que permiten reducir las emisiones de CO2por recuperación del calor del tubo de escape. | Vehículos homologados antes del 1 de enero de 2019 y piezas de recambio para esos vehículos. | X | | *Cromo hexavalente* | | | | 13.a) Revestimientos antioxidantes. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2007. | | | 13.b) Revestimientos antioxidantes para los pernos y tuercas que se utilizan en el ensamblaje de chasis. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2008. | | | 14. Como protección anticorrosiva para los sistemas de refrigeración de acero al carbono en refrigeradores de absorción en caravanas, hasta un máximo del 0,75 % en peso en la solución refrigerante, excepto si el uso de otras tecnologías de refrigeración es viable (es decir, que estén disponibles en el mercado para una aplicación en caravanas) y no provoca impactos negativos para el medio ambiente, la salud o la seguridad de los consumidores. | | X | | *Mercurio* | | | | 15.a) Lámparas de descarga para faros. | Vehículos homologados antes del 1 de julio de 2012 y piezas de recambio para esos vehículos. | X | | 15.b) Tubos fluorescentes usados en indicadores del salpicadero. | Vehículos homologados antes del 1 de julio de 2012 y piezas de recambio para esos vehículos. | X | | *Cadmio* | | | | 16. Baterías para vehículos eléctricos. | Piezas de recambio para vehículos que hayan salido al mercado antes del 31 de diciembre de 2008. | |
Párrafo añadido
(1) Desmontaje obligatorio si, en correlación con la rúbrica 10.a), se supera un umbral medio de 60 gramos por vehículo. Para la aplicación de esta cláusula no se tendrán en cuenta los dispositivos electrónicos no instalados por el fabricante en la cadena de producción.
Párrafo añadido
(2) Esta exención se revisará en 2015.
Párrafo añadido
(3) Esta exención se revisará en 2014.
Párrafo añadido
(4) Esta exención se revisará antes del 1 de enero de 2012.
Párrafo añadido
(5) Desmontaje obligatorio si, en correlación con las rúbricas 8.a) a 8.j), se supera un umbral medio de 60 gramos por vehículo. Para la aplicación de esta cláusula no se tendrán en cuenta los dispositivos electrónicos no instalados por el fabricante en la cadena de producción.
Eliminadoa) Se tolerará un valor de concentración máximo de hasta el 0,1 por 100 en peso y por material homogéneo de plomo, cromo hexavalente y mercurio, y de hasta un 0,01 por 100 en peso por material homogéneo con respecto al cadmio, siempre que esas sustancias no hayan sido introducidas de forma intencionada. Se entenderá por «introducción intencionada» la utilización deliberada de una sustancia en la formulación de un material o componente cuando se desea su presencia constante en el producto final para conferirle una característica, apariencia o cualidad determinada. La utilización de materiales reciclados para la fabricación de nuevos productos no se considerará introducción intencionada, aun cuando una parte de los materiales reciclados pueda contener metales regulados.
Eliminadob) Se tolerará asimismo un valor de concentración máximo de hasta 0,4 por 100 en peso de plomo contenido en el aluminio, siempre que no haya sido introducido de forma intencionada.
Eliminadoc) Se tolerará hasta el 1 de julio de 2007 un valor de concentración máximo de hasta el 0,4 por 100 en peso de plomo contenido en el cobre destinado a productos de fricción para forros de frenos, siempre que no se haya introducido de forma intencionada.
Eliminadod) Se autoriza sin limitación la reutilización de partes de vehículos que ya se comercializaban antes de la fecha de vencimiento consignada para cada excepción.
Antese) Hasta el 1 de julio de 2007, las piezas de recambio nuevas destinadas a reparar partes de vehículos exentas de lo dispuesto en el artículo 3.a), disfrutarán también de las mismas excepciones. Esta cláusula se aplica a las piezas de recambio y no a los componentes destinados al mantenimiento normal de vehículos. No se aplica a los contrapesos de equilibrado de ruedas, a las escobillas de carbón para motores eléctricos ni a los forros de frenos puesto que esos componentes son objeto de anotaciones específicas.
Ahora Se tolerará un valor de concentración máximo de hasta el 0,1 % en peso y por material homogéneo de plomo, cromo hexavalente y mercurio, y de hasta un 0,01 % en peso por material homogéneo con respecto al cadmio.
Párrafo añadido
– Se autoriza sin limitación la reutilización de piezas de vehículos que ya se comercializaran antes de la fecha de vencimiento de una exención, puesto que en este caso no se aplica el artículo 3.a).
Párrafo añadido
– Las piezas de recambio comercializadas después del 1 de julio de 2003 y que se utilicen en vehículos que hayan salido al mercado antes del 1 de julio de 2003 quedan exentas de lo establecido en los artículos 3, apartado a) y en la disposición transitoria primera (*).