Saltar al contenido
← Volver
11 feb 2012

Real Decreto 331/2008, de 29 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Comisión Nacional de la Competencia

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 14
Párrafo añadido
e) Subdirección de Vigilancia, que ejercerá las funciones de instrucción de los procedimientos de vigilancia del cumplimiento de las obligaciones, resoluciones y acuerdos a que hace referencia el artículo 41 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, y de los procedimientos de asignación a que hacen referencia los artículos 2 y 3 de la Ley 1/2002, de 22 de febrero.
Artículo 23
Eliminado1. De la Secretaría General de la Comisión Nacional de la Competencia dependen los siguientes órganos:
Eliminadoa) Subdirección de Recursos Humanos y Gestión Económica y Patrimonial, que ejercerá las funciones señaladas en las letras a), b), c), d), e), f), g), h) e i) del artículo 21 de este Estatuto.
Eliminadob) Subdirección de Sistemas de la Información y las Comunicaciones, que ejercerá las funciones señaladas en la letra k) del artículo 21 de este Estatuto, y cuyo personal participará en la realización de inspecciones de acuerdo con las facultades atribuidas en el artículo 40 de la Ley 15/2007, de 3 de julio.
Antes2. Los Subdirectores de la Secretaría General de la Comisión Nacional de la Competencia son nombrados por el Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, a propuesta del Secretario General.
Ahora1. De la Secretaría General de la Comisión Nacional de la Competencia depende la Subdirección de Sistemas de la Información y las Comunicaciones, que ejercerá las funciones señaladas en el párrafo k) del artículo 21, y cuyo personal participará en la realización de inspecciones de acuerdo con las facultades atribuidas en el artículo 40 de la Ley 15/2007, de 3 de julio.
Párrafo añadido
2. El titular de dicha Subdirección será nombrado por el Presidente de la Comisión Nacional de la Competencia, a propuesta del Secretario General.