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30 dic 2011
Ley 2/2009, de 19 de marzo, de rehabilitación y mejora de barrios de los municipios de las Illes Balears
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional segunda▾
EliminadoLa comunidad autónoma reservará anualmente a cargo de sus presupuestos una partida presupuestaria mínima de 10.000.000 € para la financiación de las actuaciones de rehabilitación y mejora que se contemplan en la presente ley.
AntesPara el año 2009 se realizarán las modificaciones presupuestarias pertinentes para presupuestar la cantidad proporcional a la establecida en el párrafo anterior a contar a partir de la publicación de la convocatoria correspondiente.
Ahora**(Derogada)**