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28 dic 2011
Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente en La Rioja
Ley · Ya no está en vigor · Ley 5/2002, de 8 de octubre, de Protección del Medio Ambiente en La Rioja
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 53▾
Antes2.3 Constituirá infracción leve el incumplimiento de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en esta Ley, cuando no sea constitutivo de infracción grave o muy grave.
Ahora2.3 Son infracciones leves las siguientes acciones u omisiones:
Párrafo añadido
a) El incumplimiento de cualquiera de los requisitos y obligaciones establecidos en la ley, cuando no sea constitutivo de infracción grave o muy grave.
Párrafo añadido
b) La conducta prevista en la letra b) del apartado 2.1 de este artículo cuando no haya ocasionado ningún daño o deterioro para el medio ambiente o no haya puesto en peligro la seguridad de las personas, su salud o sus bienes.