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8 nov 2011

Real Decreto 187/2008, de 8 de febrero, por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa

Qué ha cambiado (1 artículo)

Disposición transitoria primera
EliminadoDisposición transitoria primera. Conclusión del proceso de integración.
AntesEl proceso de integración del personal laboral del Área de actividades específicas de la Red Hospitalaria de la Defensa deberá estar concluido con anterioridad a 1 de enero de 2012.
AhoraDisposición transitoria primera. Proceso de integración.
Párrafo añadido
El proceso de integración del personal laboral del Área de actividades específicas de la Red Hospitalaria de la Defensa deberá estar concluido con anterioridad a 1 de enero de 2013.