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19 may 2011
Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica
Real Decreto · Ya no está en vigor · Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 2▾
Eliminado1. Asumirán la obligación de suministro de último recurso de energía eléctrica, en todo el territorio nacional, las siguientes empresas comercializadoras de energía:
Eliminadoa) ENDESA ENERGÍA XXI, S. L.
Eliminadob) IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S. A. U.
Eliminadoc) UNIÓN FENOSA METRA, S.L.
Eliminadod) HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA ÚLTIMO RECURSO, S. A. U.
Eliminadoe) E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S. L.
Antes2. La designación de los comercializadores de último recurso será revisada al menos cada cuatro años.
Ahora**(Anulado)**