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9 abr 2011

Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears

Qué ha cambiado (3 artículos)

Artículo 2
Antes2. El Presidente recibe el tratamiento de «Molt Honorable Senyor» y tiene derecho a utilizar la bandera de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears como guión y a los honores correspondientes al cargo.
Ahora2. El presidente o la presidenta recibe el tratamiento de señor o señora y tiene derecho a utilizar la bandera de la comunidad autónoma de las Illes Balears como guión y a los honores correspondientes al cargo.
Artículo 26
Antes3. Los Consejeros reciben el tratamiento de «Honorable Señor» y tienen derecho a los honores que les corresponden por razón del cargo.
Ahora3. Los consejeros o las consejeras reciben el tratamiento de señor o señora y tienen derecho a los honores que les corresponden por razón del cargo.
Disposición adicional primera
AntesLas personas que hayan ocupado el cargo de Presidente de las Illes Balears tienen derecho a recibir, con carácter permanente, el tratamiento de «Molt Honorable Senyor» y las atenciones honoríficas y protocolarias correspondientes, siempre que no hayan cesado por algunas de las causas establecidas en los apartados f) y h) del punto 1 del artículo 6 de esta Ley.
AhoraLas personas que hayan ocupado el cargo de presidente o presidenta de las Illes Balears tienen derecho a recibir, con carácter permanente, las atenciones honoríficas y protocolarias correspondientes, siempre que no hayan cesado por alguna de las causas establecidas en las letras f) y h) del punto 1 del artículo 6 de esta ley, ni por sentencia firme con declaración de culpabilidad por cualquier delito.