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30 dic 2010
Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 34▾
Antes4. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, se establece el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio en las siguientes Comunidades Autónomas:
Ahora4. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior, se establece el régimen de autoliquidación del impuesto con carácter obligatorio en las siguientes comunidades autónomas:
Párrafo añadido
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
Párrafo añadido
Comunidad Autónoma de las Illes Balears.