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30 dic 2010

Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 11
Antes3. Los convenios de colaboración plurianuales que impliquen asunción de obligaciones económicas para la Hacienda autonómica y aquellos en los que estas obligaciones sean superiores a 150.000 euros requerirán la autorización previa del Consejo de la Xunta de Galicia.
Ahora3. Los convenios de colaboración que se suscriban por los sujetos determinados en el artículo 1, letras a), b) y d), de la presente norma, necesitarán la autorización previa del Consejo de la Xunta cuando impliquen asunción de obligaciones de contenido económico por importe superior a 150.000 euros o cuando dichas obligaciones, aunque no superen la citada cifra, tengan carácter plurianual.