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29 dic 2010
Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid
Ley · Ya no está en vigor · Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid
Qué ha cambiado (2 artículos)
Artículo 70▾
Párrafo añadido
c) Cuando se cometa la infracción leve tipificada en el artículo 73.b) consistente en el abandono o vertido en espacios públicos de residuos derivados del consumo privado, cuando dicha infracción sea cometida por menores de edad siempre que éstos tengan catorce años cumplidos en el momento de dicha comisión. La solidaridad por lo que se refiere al cumplimiento de la sanción de multa que pudiera recaer sobre el menor, se extenderá a los padres, tutores, acogedores o guardadores legales del menor de edad.
Artículo 73▾
Antesb) El abandono o vertido en la vía pública de residuos derivados del consumo privado.
Ahorab) El abandono o vertido en espacios públicos de residuos derivados del consumo privado.