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22 nov 2010
Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía
Real Decreto · Ya no está en vigor · Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía
Qué ha cambiado (1 artículo)
Disposición adicional cuarta▾
EliminadoDe conformidad con lo previsto en el artículo 6 de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, modificado por la Ley 34/1998, de 7 de octubre, será de aplicación al Presidente, Consejeros y Secretario general del Consejo de Seguridad Nuclear el régimen de compensación económica previsto en el artículo 24 de este Real Decreto.
EliminadoEl régimen de compensación económica será igualmente aplicable en el supuesto previsto en el artículo 7.1.a) de la citada Ley 15/1980, así como respecto de los ceses que se hayan producido desde la fecha de entrada en vigor de la mencionada Ley 34/1998.
AntesAsimismo, será de aplicación al Presidente y Consejeros del Consejo de Seguridad Nuclear el régimen retributivo previsto en el artículo 23 de este Real Decreto. Las retribuciones del Secretario general del Consejo de Seguridad Nuclear serán autorizadas mediante informe conjunto de los Ministerios de Administraciones Públicas y de Hacienda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Ahora**(Derogada)**