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19 feb 2010

Real Decreto 2259/1994, de 25 de noviembre, por el que se regula los almacenes farmacéuticos y la distribución al por mayor de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 5
Antes1. El Director técnico de un almacén farmacéutico habrá de tener la condición de licenciado en farmacia y estar colegiado.
Ahora1. El Director técnico de un almacén farmacéutico deberá estar en posesión de un título universitario de grado en farmacia o ser licenciado en farmacia.
ANEXO I
Antes1. Personal. El almacén dispondrá de personal suficiente con la necesaria capacitación profesional, bajo la dirección y dependencia de un Director técnico, responsable sanitario del mismo en los términos previstos en la Ley 25/1990, del Medicamento.
Ahora1. Personal. El almacén dispondrá de un Director técnico, responsable sanitario del mismo en los términos previstos por el artículo 71 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.