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31 dic 2009

Orden ITC/1659/2009, de 22 de junio, por la que se establece el mecanismo de traspaso de clientes del mercado a tarifa al suministro de último recurso de energía eléctrica y el procedimiento de cálculo y estructura de las tarifas de último recurso de energía eléctrica

Qué ha cambiado (1 artículo)

Artículo 9
Antes1. El coste estimado de la energía se calculará para cada trimestre y periodo tarifario de acuerdo con la siguiente fórmula:
Ahora1. El coste estimado de la energía se calculará para cada trimestre y período tarifario (p0, p1 y p2) de acuerdo con la siguiente fórmula:
Eliminado2. En el caso de las tarifas sin discriminación horaria, el coste estimado de la energía en el mercado diario, CEMDP0, se calculará ponderando el coste estimado de la energía en el mercado diario en los periodos tarifarios P1 y P2 como sigue:
EliminadoCEMDP0= (EP1× CEMDP1+ EP2× CEMDP2) / (EP1+ EP2)
EliminadoSiendo:
Antes| CEMDP0 | Coste estimado de la energía en el mercado diario asociada al suministro en el periodo tarifario 0. | | --- | --- | | EP1 | Energía a suministrar en el periodo tarifario P1, de acuerdo con los perfiles iniciales de consumo previstos para el trimestre correspondiente aprobados por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas. | | EP2 | Energía a suministrar en el periodo tarifario P2, de acuerdo con los perfiles iniciales de consumo previstos para el trimestre correspondiente aprobados por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas. |
Ahora2.**(Derogado)**