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30 dic 2009

Ley 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de las Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Qué ha cambiado (2 artículos)

Artículo 24
Eliminado2. El canon de saneamiento será gestionado por la Consejería competente en materia de medio ambiente y será aplicado a los fines previstos en el apartado anterior, en los términos establecidos en la disposición adicional única de la Ley 7/2004 de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas y Fiscales.
AntesA efectos de lo establecido en el párrafo anterior, se podrá realizar la encomienda de gestión de los trabajos materiales inherentes a las funciones señaladas en los apartados f) y h) del artículo 3 del anexo de esta Ley, en los términos y con las limitaciones establecidas en el artículo 46 de la Ley 6/2002, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 3.1.l) del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, según las modificaciones introducidas mediante el Real Decreto-ley 5/2005, de 11 de marzo.
Ahora2. Por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria se asumen las competencias de aplicación de los tributos en cuanto al Canon de Saneamiento.
Artículo 31
Antes4. Componente fijo: 4,8868 euros/abonado o sujeto pasivo/año, siendo divisible por periodos de devengo trimestrales si fuere preciso.
Ahora4. Componente fijo: 14,88 euros/abonado o sujeto pasivo/año, siendo divisible por periodos de devengo trimestrales si fuere preciso.
EliminadoRégimen general para usos domésticos: 0,2437 euros/metro cúbico.
EliminadoRégimen general para usos industriales: 0,3166 euros/metro cúbico.
EliminadoRégimen de medición directa de la carga contaminante:
Eliminado0,2571 euros por kilogramo de materias en suspensión (MES).
Eliminado0,2978 euros por kilogramo de demanda química de oxígeno (DQO).
Eliminado0,6495 euros por kilogramo de fósforo total (P).
Eliminado5,1028 euros por kiloequitox de materias inhibitorias (MI).
Eliminado4,0740 euros por Siemens/cm por metro cúbico de sales solubles (SOL).
Eliminado0,3249 euros por kilogramo de nitrógeno total (N).
Antes0,000054 euros por ºC de incremento de temperatura (IT).
Ahora Régimen general para usos domésticos: 0,2437 euros/metro cúbico.
Párrafo añadido
– Régimen general para usos industriales: 0,3166 euros/metro cúbico.
Párrafo añadido
– Régimen de medición directa de la carga contaminante:
Párrafo añadido
– 0,2571 euros por kilogramo de materias en suspensión (MES).
Párrafo añadido
– 0,2978 euros por kilogramo de demanda química de oxígeno (DQO)
Párrafo añadido
– 0,6495 euros por kilogramo de fósforo total (P).
Párrafo añadido
– 5,1028 euros por kiloequitox de materias inhibitorias (MI).
Párrafo añadido
– 4,0740 euros por Siemens/cm por metro cúbico de sales solubles (SOL).
Párrafo añadido
– 0,3249 euros por kilogramo de nitrógeno total N).
Párrafo añadido
– 0,000054 euros por ºC de incremento de temperatura (IT).