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24 dic 2009
Ley 20/1987, de 7 de octubre, sobre tasas que deben satisfacer los solicitantes y concesionarios de patentes europeas por determinadas actividades a realizar en el Registro de la Propiedad Industrial
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Artículo primero▾
EliminadoArtículo primero.
Eliminado1. Las tasas previstas en los artículos 6,°, 9.°. 12 y 18 del Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre, relativo a la aplicación en España del Convenio de Munich, de 5 de octubre de 1973, sobre concesión de patentes europeas, que entro en vigor en España el 1 de octubre de 1986, serán las siguientes:
Eliminadoa) Tasa por publicación de las reivindicaciones y, en su caso, dibujos, de una solicitud de patente europea traducida al español o de la revisión de la traducción de la ya publicada: 88,41 euros.
Eliminadob) Tasa por los conceptos señalados en el apartado a), cuando se aporte la traducción en soporte magnético: 103,96 euros.
Eliminadoc) Tasa por publicación de un fascículo de patente europea tal y como haya sido concedida, o como haya sido modificada y concedida tras el procedimiento de oposiciones, traducido al español, o de su revisión: Hasta de 22 páginas: 296,43 euros. Por cada página adicional: 11,91 euros.
Eliminadod) Tasa por los conceptos señalados en el apartado c), cuando se aporta la traducción en soporte magnético en las condiciones técnicas que se fijen por el Ministerio de Industria y Energía: Hasta 22 páginas: 251,02 euros. Por cada página adicional: 9,52 euros.
Antese) Tasa por solicitud de un informe de búsqueda complementaria: 95,02 euros.
AhoraArtículo 1.
Párrafo añadido
1. Las tasas previstas en los artículos 6, 9, 12 y 18 del Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre, relativo a la aplicación en España del Convenio de Munich, de 5 de octubre de 1973, sobre concesión de Patentes Europeas, que entró en vigor en España el 1 de octubre de 1986, serán las siguientes:
Párrafo añadido
a) Tasa por publicación de las reivindicaciones y, en su caso, dibujos, de una solicitud de patente europea traducida al español o de la revisión de la traducción de la ya publicada: 103,58 euros.
Párrafo añadido
b) Tasa por los conceptos señalados en el apartado a) cuando la traducción se presente en soporte magnético o por medios telemáticos: Reducción de un 15 % sobre el importe de la tasa fijada en apartado a).
Párrafo añadido
c) Tasa por publicación de un fascículo de patente europea tal y como haya sido concedida, o modificada y concedida tras un procedimiento de oposición, o limitada tras un procedimiento de limitación, traducido al español, o de su revisión: Hasta 22 páginas: 308,41 euros. Por cada página adicional: 12,39 euros.
Párrafo añadido
d) Tasa por los conceptos señalados en el apartado c), cuando la traducción se aporte en soporte magnético o por medios telemáticos, en las condiciones generales, requisitos y características técnicas fijadas por resolución del Director de la Oficina Española de Patentes y Marcas: reducción de un 15 % sobre el importe de la tasa fijada en el apartado c).
Párrafo añadido
e) Tasa por solicitud de un informe de búsqueda complementaria: 111,34 euros.