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30 jun 2009
Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial
Real Decreto · Ya no está en vigor · Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial
Qué ha cambiado (1 artículo)
Artículo 5▾
Antesa) El Presidente, que será el Ministro de Ciencia e Innovación.
Ahoraa) El Presidente, que será el Secretario General de Innovación.
Eliminadoc) Un mínimo de 10 y un máximo de 20 Vocales, de los cuales, cuando menos, dos tercios actuarán en representación de la Administración General del Estado. En la designación de los vocales se tenderá a la representación paritaria de hombres y mujeres.
EliminadoEn cualquier caso, formarán parte del Consejo, en representación de la Comisión Permanente de la Comisión Interministerial de Ciencia y Tecnología prevista en la Ley 13/1986, de 14 de abril, de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, dos miembros, con categoría de director general, de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio. Dichos miembros serán nombrados por el Ministro de Ciencia e Innovación, a propuesta de la Comisión interministerial de Ciencia y Tecnología.
Antes2. Los Vocales serán designados y cesados por el Ministro de Ciencia e Innovación.
Ahorac) Un mínimo de 10 y un máximo de 20 Vocales, de los cuales, cuando menos, dos tercios actuarán en representación de la Administración General del Estado. La designación y cese de los vocales corresponde al Ministro de Ciencia e Innovación, debiendo tender a la representación paritaria de hombres y mujeres.
Párrafo añadido
En cualquier caso, formarán parte del Consejo, en representación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica, dos miembros, con categoría de director general, de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio. Dichos miembros serán nombrados por el Ministro de Ciencia e Innovación, a propuesta de la citada Comisión.
Párrafo añadido
2.**(Suprimido)**